Abogados de la colombiana Martha Sepúlveda dicen cancelación de eutanasia es ilegal

Santo Domingo, RD.-Los abogados de Martha Sepúlveda, a quien le cancelaron su eutanasia programada para este domingo, afirmaron que la decisión tomada por el Instituto Colombiano del Dolor (Incodol) es ilegal e irregular.

Así lo reseñó el diario El Tiempo, que recogió las declaraciones de los representantes legales de Sepúlveda.

Estos aseguraron que Martha cumple con los requisitos establecidos en la ley de Colombia sobre la eutanasia, que son tres: tener una enfermedad grave e incurable según su historia clínica; considerar que los dolores que padece son incompatibles con su idea de dignidad y que haya manifestado el consentimiento libre, informado e inequívoco de manera reiterada.

“Instamos a las autoridades correspondientes a que investiguen estos hechos irregulares en la IPS Incodol. Es urgente verificar los Comités de Muerte Digna que se realizan en esta IPS y si los profesionales que participan deben recibir algún tipo de sanción disciplinaria por su actuar violatorio de los derechos fundamentales de Martha Sepúlveda», leía el comunicado de los abogados.

Por esto  interpusieron una tutela para que los jueces conozcan su caso y “le protejan su derecho a morir dignamente”.

¿Qué dice la familia?

Asimismo, un hijo de Sepúlveda afirmó en una entrevista que la decisión es «irrespetuosa, impresentable; hicieron todo a escondidas y no notificaron que se iba a reunir. La médica tratante no nos informó, y esto es contradictorio a los lineamientos propios de estos procedimientos».

El caso

Martha, que sufre de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), iba a ser la primera colombiana en recibir el procedimiento desde que la Corte Constitucional lo autorizara en julio para pacientes con enfermedades no terminales.

Sin embargo, el Incodol, entidad encargada del procedimiento, señaló que decidió cancelarlo al «contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente» con el que «se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado».

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