Reglamento electoral debe ajustarse al TC o podría ser anulado, advierte Hermógenes Acosta

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SANTO DOMINGO.- El exjuez del Tribunal Constitucional, Hermógenes Acosta, advirtió que si el reglamento que elabore la Junta Central Electoral (JCE) para las candidaturas independientes no se ajusta al mandato de la sentencia TC-0788-24, el Tribunal Constitucional tendrá que pronunciar su nulidad.

Entrevistado por el periodista Federico Méndez, en el programa Esferas de Poder, aseguró que la figura de las candidaturas independientes es importante para el sistema y obedece a un mandato de la Constitución.

Plantea que el reglamento es necesario, sobre todo, para regular una materia compleja porque las candidaturas independientes tienen muchos detalles y eso no se puede decir ni en la Constitución ni una ley adjetiva.

“Se necesita el reglamento que vea todos esos detalles,” recalcó, tras alertar de que se debe estar muy pendiente del contenido del mismo.

Afirmó que si el reglamento no se ajusta al mandato de la sentencia del TC, ocurrirá lo mismo que con los artículos 156 y 157 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral, que fueron declarados inconstitucionales.

Observó que pierde su esencia y no tiene ningún objetivo, si para poder presentar una candidatura independiente se requiere que se genere una estructura similar a la de un partido político.

“Los reglamentos tienen sus limitaciones, es decir, el reglamento no puede, por ejemplo, decir cosas que la ley no dice, el reglamento tiene que limitarse a aclarar los diferentes aspectos de la ley con la única finalidad de facilitar su aplicación”, puntualiza.

Enfatizó que deben haber requisitos para las candidaturas independientes, como establece el TC y el reglamento que se haga al respecto deberá recogerlo, pero no pueden ser similares a los que se les exigen a los partidos políticos.

Acosta sostiene que no se trata pura y simplemente de reglamentar una ley, dado que la cuestión es más compleja, porque el reglamento tiene que ser respetuoso de las líneas trazadas por el TC.

El jurisconsulto planteó que cuando un tribunal, como el Constitucional, dicta una sentencia interpretativa de alguna manera ejerce una función muy parecida al legislador positivo, lo cual no se puede negar.

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