Corte ratifica medidas de coerción interpuestas a hermanos Espaillat en caso Jet Set

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SANTO DOMINGO.-La Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional desestimó los 26 recursos de apelación presentados por querellantes en el caso Jet Set, quienes buscaban modificar las medidas de coerción dictadas por la jueza Fátima Veloz, del Juzgado de Atención Permanente, contra los hermanos Antonio y Maribel Espaillat.

Mediante la Resolución Penal núm. 502-01-2025-SRES-00246, el tribunal, compuesto por las magistradas Nancy María Joaquín Guzmán, July Elizabeth Tamaríz Núñez y Mariana Daneira García Castillo, confirmó en todas sus partes y a unanimidad la decisión impugnada, al considerar que se ajusta al marco legal vigente.

Los apelantes solicitaban que se sustituyeran las medidas impuestas por prisión preventiva. Sin embargo, el tribunal ratificó la decisión que establece una garantía económica de 50 millones de pesos, presentación periódica e impedimento de salida del país a los hermanos Espaillat, y la declaró el caso como complejo.

En sus motivaciones, el tribunal destacó que no existe peligro de fuga por parte de los imputados, quienes cuentan con suficiente arraigo, han mostrado disposición para colaborar con la investigación, no tienen antecedentes judiciales, ni se ha evidenciado riesgo de destrucción de pruebas o amenaza a las partes involucradas o a la sociedad.

La Corte citó el artículo 234 del Código Procesal Penal, que establece que la prisión preventiva solo procede cuando no sea posible evitar razonablemente la fuga del imputado mediante medidas menos gravosas, o cuando su libertad represente una amenaza para la investigación, la víctima, sus familiares o los testigos.

“El tribunal de alzada considera innecesario evaluar otros aspectos de los recursos interpuestos. En consecuencia, resulta procedente desestimar las apelaciones y confirmar la decisión en todos sus términos, al entender que las medidas adoptadas garantizan la presencia de los imputados en el proceso hasta su conclusión”, concluyeron las juezas de la Corte de Apelación.

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