SANTO DOMINGO.-La Fiscalía del Distrito Nacional presentò una acusación formal contra el rapero estadounidense Daniel Hernández, conocido como Tekashi 6ix9ine (69), por los delitos de difamación e injuria por medios electrónicos. La querella fue interpuesta en perjuicio de la empresa Andujar Music Group, S.R.L., y su representante legal, el empresario artístico Máximo Andújar Mañán.
En el documento, el fiscal Rafael Reyes solicita al tribunal que resulte apoderado dictar un auto de apertura a juicio contra el artista por violar los artículos 21 y 22 de la Ley 53-07 sobre Delitos de Alta Tecnología.
La acusación detalla que Daniel Hernández, quien fuera pareja sentimental de la artista Jorgina Guillermo Díaz (“Yailin La Más Viral”), profirió expresiones difamatorias e injuriosas contra Máximo Andújar a través de su perfil de Instagram (@6ix9ine) y transmisiones en vivo difundidas posteriormente en YouTube.
El punto central del caso es la acusación pública de Tekashi de que Andújar Mañán supuestamente robó dinero a la cantante, haciendo referencia a hechos ocurridos entre diciembre de 2023 y enero de 2024.
El Ministerio Público fundamenta su solicitud de apertura a juicio con una sólida base probatoria, un informe técnico pericial, emitido el 29 de mayo de 2025 por el Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (DICAT), el cual certifica la existencia y autenticidad de los contenidos difamatorios en los enlaces de YouTube.
Testimonios que incluyen la deposición de la víctima, Máximo Andújar Mañán, y del analista forense digital del DICAT y documentos contractuales, que prueban la relación de representación entre Andujar Music Group y Yailin La Más Viral.
Rebeldía procesal del acusado
La Fiscalía también anexó evidencia de que Daniel Hernández fue debidamente citado a una vista de conciliación el 18 de marzo de 2024, pero no compareció.
Cabe destacar que, previamente, el Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional declaró a Tekashi 6ix9ine en rebeldía por su reiterada incomparecencia a las citaciones y vistas de conciliación debidamente notificadas durante el proceso investigativo.