Imponen garantía económica contra Onguito Wa tras su arresto por posesión de armas

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SANTO DOMINGO.-La jueza Suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de San Cristóbal, Chadalis E. Rosario Melenciano, en función de Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, impuso este viernes doscientos mil pesos de garantía económica e impedimento de salida al exponente urbano Elvis Manuel Santos Alcántara, conocido como Onguito Wa, imputado por delitos de tenencia, portación y uso ilegal de armas de fuego.

De acuerdo a una nota del Ministerio Público, contra Santos Alcántara fue impuesta una medida de presentación periódica.

La resolución judicial establece que Onguito Wa deberá, además, presentarse los días 29 de cada mes por espacio de seis meses ante el Ministerio Público.

El tribunal otorgó un plazo de seis (6) meses al Ministerio Público para presentar requerimiento conclusivo.

Elvis Manuela fue arrestado el pasado 21 de junio por infracción flagrante, durante un operativo de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja de San Cristóbal.

Según el Ministerio Público, al momento de ser apresado el imputado se transportaba junto a otra persona en un vehículo marca Honda, modelo CR-V, color negro, placa G799605.

En el registro corporal al imputado Santos Alcántara se le ocupó en la parte derecha de la cintura un arma de fuego que portaba de manera ilegal.

Le fueron ocupados una pistola marca Glock, modelo 19, color negro, serie No. BUYE115 con su cargador y diecisiete (17) cápsulas calibre 9 milímetros (9 mm) sin ningún tipo de documentación que la regulara.

El órgano persecutor había solicitado tres meses de prisión preventiva como medida de coerción contra el procesado. Sin embargo, el tribunal del distrito judicial impuso las medidas de coerción no privativas de libertad al acoger de manera parcial la solicitud del Ministerio Público.

El 24 de abril de 2025, mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015, Santos Alcántara fue declarado culpable de violar los artículos 303, numeral 5; 304, numeral 2; 306, párrafo; 308 y 310 de la Ley núm. 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, recordó el Ministerio Público.

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