SANTO DOMINGO.-La Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones del Estado no fue diseñada para un instrumento jurídico financiero como el fideicomiso, sino que fue elaborada para la administración pública central, descentralizada y autónoma.
Así lo precisó Carlos Pimentel, director de Contrataciones Públicas al explicar cuáles son los principios específicos de dicha normativa, a propósito del avispero que en los últimos días han creado algunos sectores sobre el proyecto de ley de fideicomiso público.
«La Ley 340, en todas sus disposiciones, no le aplica un instrumento como el fideicomiso. Por ejemplo, la Ley 340 te establece cómo estarían conformados los comités de compra, y te dice: la máxima autoridad, el consultor Jurídico, el encargado de Planificación, el encargado de Acceso a la Información Pública, el administrador y financiero. Esa estructura no está en el fideicomiso. Pero así hay otras disposiciones», explicó Pimentel.
Durante su participación en el programa Despierta con CDN, que se transmite por CDN, canal 37, el funcionario enfatizó que dicho proyecto de ley busca relugar el funcionamiento de los fideicomisos públicos, «porque no estamos hablando de fideicomisos privados, por lo tanto, no hay transferencia de ningún fondo del sector público al privado. Y con esto, queda eliminado el primer mito de que se va a privatizar, eso no es cierto».
En ese sentido, Pimentel considera que las posiciones de algunos sectores contra el proyecto de ley tiene que ver con «manipulación«.
Los principios de la ley
Sin embargo, el titular de Contrataciones Públicas detalló durante la entrevista que dicho proyecto, que se discute en la Cámara de Diputados, establece sus disposiciones de control, cuyo funcionamiento debe estar regido por el marco legal.
«Lo primero: la constitución del fideicomiso debe ser por decreto presidencial. Luego, en el fideicomiso hay una fiduciaria, es decir, que está regulado. Pero el proyecto de ley además establece que está sujeto al régimen de inversión pública; tienen que ser proyectos que pasen todos los estándares. Pero establece, también, que están sujetos a los controles de la Contraloría, de la Cámara de Cuentas. Además, por su naturaleza jurídica, será regulado por la Superintendecia de Bancos», explicó Pimentel.
Sobre los principios de la ley, el funcionario resaltó que no se trata de nada «nuevo» para dicho proyecto, sino que es parte de las mismas regulaciones con las que cuentan los fideicomisos existentes.
«No es algo nuevo. RD Vial, está siendo regulada por los principios de la Ley de Compras y Contrataciones, Parquéate RD está siendo regulada por esos principios. ¿Por qué? Porque los fideicomisos no son una institución, son un instrumento jurídico», dijo Pimentel.
El director señaló que esos principios tiene que ver lo público, permitir la participación de oferentes, garantizar la igualidad, la eficiencia, como se mantienen los vigentes. Esto, dijo el funcionario, está basado dependiendo de las características de cada proyecto.