Abogados depositan ante el TC acción de inconstitucionalidad contra varios artículos del nuevo Código Penal dominicano

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Santo Domingo.- La Asociación Internacional de Derecho Penal, Grupo Dominicano (AIDP-GD), y la Asociación de Abogados de la Provincia Espaillat (AAPE) interpusieron ante el Tribunal Constitucional una acción directa de inconstitucionalidad contra más de cincuenta artículos del nuevo Código Penal dominicano, promulgado mediante la Ley Orgánica74-25 el pasado 3 de agosto de 2025.

Las organizaciones y juristas sostienen que el nuevo cuerpo normativo contiene disposiciones que vulneran derechos y principios fundamentales consagrados en la Constitución dominicana y en tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el país.

El recurso fue depositado por los juristas Pedro Virginio Balbuena Batista, Juan de Jesús Santos Santos, Emery Rodríguez Mateo y Elio José Delgado Vales, en representación de ambas entidades, los cuales tienen legitimación activa reconocida por el propio Tribunal Constitucional para accionar en defensa del orden constitucional.

“Nuestro interés es contribuir a que este Código Penal que va a regir la politica críminal del país no sirva para vulnerar derechos fundamentales de las personas, sino una herramienta para combatir la criminalidad, pero respetando el ordenamiento constitucional”, dijo Balbuena, quien encabezó al grupo de juristas accionantes y es coordinador de la Comisión de Litigios de la AIDP-GD.

Según el documento, los artículos impugnados —que incluyen, entre otros, los números 2.10, 24, 49, 68, 142, 170, 214, 260, 284, 303 y 388— contravienen los artículos 4, 6, 38, 39, 40, 44, 49, 56, 64, 65, 69, 74, 110 y 149 de la Constitución de la República Dominicana.

Además, se invocan violaciones a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y a convenciones de la ONU sobre delincuencia organizada y derechos del niño, todas con jerarquía constitucional según el artículo 74.3 de la Constitución dominicana.

“El nuevo Código Penal introduce muchas innovaciones importantes al derecho represivo dominicano, pero creemos que algunas de sus disposiciones rigen con la Constitución”, reiteró Balbuena.

Las asociaciones alegan que el nuevo Código Penal desconoce principios básicos del derecho penal moderno, entre ellos la legalidad, proporcionalidad, humanidad y resocialización de la pena, al incluir tipos penales vagos o sanciones desproporcionadas que podrían abrir espacio a interpretaciones arbitrarias.

En su escrito, los accionantes recuerdan que el Tribunal Constitucional, en precedentes como la sentencia TC/0092/19, ha establecido que los tipos penales indeterminados violan el principio de legalidad al no describir con claridad las conductas prohibidas ni las sanciones correspondientes.

El recurso también plantea que varios artículos del Código Penal colisionan con el bloque de constitucionalidad, concepto que integra la Constitución, los tratados internacionales en materia de derechos humanos y los principios fundamentales reconocidos por la jurisprudencia dominicana.

Coherencia alterada
Los juristas argumentan que, pese a los avances técnicos del nuevo texto, el Congreso introdujo modificaciones que alteraron su coherencia y crearon contradicciones con los estándares constitucionales, en especial aquellos relacionados con la dignidad humana, la igualdad y el debido proceso.

La acción sostiene que la Ley 74-25, aunque se presenta como una modernización necesaria, incorpora disposiciones que desnaturalizan el derecho penal garantista y debilitan la protección de los derechos fundamentales, alejándose de los compromisos internacionales del Estado dominicano.
El nuevo Código Penal, aprobado con amplio respaldo en el Congreso Nacional, sustituye al texto vigente desde 1884 y prevé entrar en vigor en agosto de 2026, tras un período de vacación legal de doce meses.

Los accionantes reconocen la necesidad de una reforma penal integral, pero consideran que su aprobación no puede hacerse a costa de sacrificar principios constitucionales que protegen la libertad, la igualdad y la seguridad jurídica.

Asimismo, afirman que la supremacía constitucional, consagrada en el artículo 6 de la Constitución, obliga a que toda ley contraria a ella sea declarada nula de pleno derecho, y recuerdan que corresponde al Tribunal Constitucional garantizar ese mandato.

Las asociaciones solicitantes insisten en que su objetivo no es obstaculizar la modernización penal, sino contribuir a que esta se ajuste a los parámetros del Estado social y democrático de derecho y respete las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Entre los puntos más controvertidos del nuevo Código, las entidades mencionan las normas sobre tentativa de homicidio, las penas aplicables a menores de edad, la eliminación de algunas garantías procesales y la tipificación imprecisa de delitos relacionados con la moral pública o la información digital.

Los accionantes también observan que ciertas disposiciones otorgan a las autoridades facultades discrecionales amplias, lo que podría vulnerar el principio de separación de poderes y permitir interpretaciones judiciales o administrativas contrarias al espíritu de la Constitución.

El documento cita la sentencia TC/0345/19, en la cual el Tribunal Constitucional reconoció la legitimidad procesal de las personas jurídicas para interponer acciones directas de inconstitucionalidad, y recuerda que esta jurisprudencia refuerza la participación de asociaciones profesionales en la defensa del orden constitucional.

La AIDP-GD, filial dominicana de la Asociación Internacional de Derecho Penal fundada en París en 1924, y la AAPE, con más de cuatro décadas de labor gremial, argumentan que la acción presentada busca preservar la coherencia del sistema jurídico dominicano con los estándares de justicia penal reconocidos a nivel internacional.

Ambas instituciones destacaron que la actualización del Código Penal era impostergable, pero que debía hacerse con rigor técnico y respeto absoluto a los derechos humanos, evitando reproducir figuras del siglo XIX o incorporar delitos con descripciones ambiguas que abran espacio a arbitrariedades.

Los juristas esperan que el Tribunal Constitucional acoja el recurso, convoque a audiencia pública y, tras un análisis detenido, declare la nulidad de los artículos impugnados por contravenir la Constitución y el bloque de convencionalidad.

De admitirse la acción, el proceso podría convertirse en uno de los debates constitucionales más relevantes de los últimos años, al colocar bajo revisión la reforma penal más ambiciosa emprendida en más de un siglo en la República Dominicana.

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