Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo explica permitir el voto a policías y militares implicaría modificación de la Constitución

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SAN CRISTOBAL, República Dominicana.-El consultor jurídico del Poder ejecutivo, Antoliano Peralta, reconoce que no es la primera vez que se hace el planteamiento de que policías y militares voten, pero aclara que implicaría una modificación a la Constitución de la República.

“ustedes y nosotros debemos sentarnos a pensar y reflexionar, pero ni ustedes, ni yo debemos dar una opinión acelerada y apresurada sobre estos temas”, dijo a los periodistas el funcionario, agregando que “no quiere decir que no se pueda en algún momento, contemplar esto”.

Este jueves, la magistrada Díaz Inoa, miembro del Tribunal Constitucional, dijo que, “en la Carta Magna, además de reconocer derechos, establece deberes fundamentales, que debemos cumplir todas y todos los ciudadanos, dentro de los cuales se encuentran el deber de votar, siempre que se esté en capacidad legal para hacerlo”.

Entiende que, “el ejercicio del sufragio no solo constituye un deber ciudadano, sino que también es un derecho. Así lo consigna la Constitución de su artículo 208, cuando establece que es un derecho, un deber de ciudadanas y ciudadanos del ejercicio del sufragio para elegir a las autoridades”.

“Que el voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado bajo ningún pretexto en el ejercicio de su derecho al sufragio”, dijo durante la audiencia del Tribunal Constitucional en San Cristóbal, en la celebración del 181 aniversario de proclamada la primera Carta Marga.

Continuando con el artículo 208 de la Constitución, la jueza Díaz Inoa destacó que el mismo texto establece las excepciones al derecho a decidir el voto, “cuando dispone que no tiene el derecho al sufragio los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, ni quienes hayan perdido los derechos de ciudadanía o se encuentren suspendidos en tales derechos”.

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