Director de la Defensa Pública realiza observaciones al Proyecto de Ley de Excarcelación para Privados de Libertad

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Santo Domingo, República Dominicana.- Rodolfo Valentín Santos, director de la Defensa Pública, ha presentado una serie de observaciones al proyecto de ley propuesto por la Comisión Permanente de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, presidida por el diputado Juan Dionicio Rodríguez Restituyo. Este proyecto tiene como objetivo establecer procedimientos de excarcelación para privados de libertad en condiciones especiales de salud y edad avanzada.

En sus declaraciones, el Licenciado Santos destacó varios puntos críticos que, a su juicio, deben ser revisados para garantizar la equidad y eficacia del proyecto de ley:

1. Inclusión de Enfermedad Mental y Edad Avanzada: Se sugiere que el proyecto incluya explícitamente la condición de enfermedad mental, además de la enfermedad terminal, así como la edad avanzada como criterios válidos para la excarcelación.

2. Aplicación de la Ley: Se cuestiona la delegación de la aplicación de la ley al Ministerio Público, argumentando que esta institución, aunque responsable de velar por las condiciones de detención, a menudo adopta un rol acusatorio que puede comprometer su objetividad.

3. Exclusión por Tipo de Delito: Se objeta la exclusión automática de personas condenadas por ciertos delitos, como crímenes graves o corrupción administrativa, argumentando que todos los individuos deben tener igualdad de oportunidades bajo el principio de justicia social.

4. Plazo para Excarcelación: Se propone reducir el plazo de seis meses establecido para el programa especial de excarcelación, reconociendo la urgencia en casos de salud crítica.

5. Criterios de Admisibilidad: Se critica la consideración de la buena conducta como criterio para la excarcelación por motivos de salud, ya que este criterio es más adecuado para otros beneficios penales como la libertad condicional.

6. Recursos Económicos y Multas: Se hace hincapié en la necesidad de aplicar correctamente la normativa vigente sobre el pago de multas, sin condicionar la excarcelación a la capacidad económica del individuo.

7. Cartas de Recomendación: Se considera innecesaria la exigencia de cartas de recomendación de entidades o comunidades para la excarcelación por motivos de salud.

El Licenciado Santos reconoció la importancia de esta iniciativa como un avance hacia el respeto de la dignidad de los privados de libertad, pero instó a considerar estas observaciones para mejorar el proyecto y asegurar su eficacia y equidad.

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