Jorge Prats somete recurso revisión constitucional contra sentencia del TSA de fondos de pensiones

SANTO DOMINGO.- El abogado de las Administradoras de Fondos de
Pensiones (AFP), Eduardo Jorge Prats, sometió este martes un recurso de revisión
constitucional, a través de la secretaría del Tribunal Superior Administrativo, contra la
sentencia que favorece a los representantes del diputado Pedro Botello.
El legislador por la provincia La Romana, había interpuesto un recurso de amparo ante
dicho tribunal, alegando que los fondos de los ahorrantes habían disminuido.
Prast declaró que la decisión del tribunal fue infundada y que esto representa graves
repercusiones para el sistema de la seguridad social.

Justificó, que son “infundadas porque demostramos que no había habido ninguna
revisión a los fondos de pensiones, muy por el contrario, en el periodo en cuestión las
variaciones cambiarias habían sido más que compensadas en los beneficios generados,
tanto en las inversiones en peso como constituye un 75 por ciento en la cartera de
inversión”.
En ese orden, dijo, que el sistema se vio apreciado por el valor extraordinario que alcanzó
la moneda nacional el pasado febrero del año en curso.
“Posteriormente cuando fueron compensadas las diferencias cambiarias en los meses
subsiguientes, todas esas pruebas que tanto la Superintendencia de Bancos como todas
las Administradoras de Pensiones sometieron, el tribunal se despachó con una sentencia
que viola más de 15 precedentes constitucionales”, sostuvo el jurista.
Aseguró, que los trece jueces del Tribunal Constitucional van a revocar, estabilizando la
seguridad del sistema y el derecho de todos los afiliados, precisando que la inversión del
peso y el dólar se realiza como una manera de diversificar el riesgo.
“Si todo estuviera invertido en peso, pues sufriría la depreciación que acarrea la moneda
local ante la divisa internacional como lo es el dólar, si hubiese sido así, los ahorrantes
tuvieran una pérdida”, explicó el letrado.
Adelantó, que en los próximos días estarán depositando una demanda en suspensión por
la aplicación de esta decisión que por demás, no se va a aplicar porque no hay fondos que
restituir

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