SANTO DOMINGO, República Dominicana.-“En la Carta Magna, además de reconocer derechos, establece deberes fundamentales, que debemos cumplir todas y todos los ciudadanos, dentro de los cuales se encuentran el deber de votar, siempre que se esté en capacidad legal para hacerlo”, así lo destacó la magistrada Sonia Díaz, del Pleno del Tribunal Constitucional, para sugerir el voto de los militares.
Entiende que, “el ejercicio del sufragio no solo constituye un deber ciudadano, sino que también es un derecho. Así lo consigna la Constitución de su artículo 208, cuando establece que es un derecho, un deber de ciudadanas y ciudadanos el ejercicio del sufragio para elegir a las autoridades”.
“Que el voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado bajo ningún pretexto en el ejercicio de su derecho al sufragio”, dijo durante la audiencia del Tribunal Constitucional en San Cristóbal, en la celebración del 181 aniversario de proclamada la primera Carta Marga.
Continuando con el artículo 208 de la Constitución, la jueza Díaz Inoa destacó que el mismo texto establece las excepciones al derecho a decidir el voto, “cuando dispone que no tiene el derecho al sufragio los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, ni quienes hayan perdido los derechos de ciudadanía o se encuentren suspendidos en tales derechos”.
“A mi correcto juicio, es tiempo ya de ir pensando en que los juicios de las instituciones militares y policiales se incorpore a la escena social. La doctrina y la jurisprudencia han dividido el derecho adulto en su gran partido y pacífico”.
En este orden de idea –dijo- el sistema democrático descansa en el ejercicio del sufragio. “De ahí su importancia como deber y como derecho en la responsabilidad que tiene la ciudadanía, en el cumplimiento de este derecho, hasta el punto de que en los países, el nuevo ejercicio está proscrito por el ámbito”.
“No obstante, este ejercicio de su trabajo no se traduce solo en la elección o alternativa de los gobiernos, sino también en la ocurrencia de la representación política de los partidos competentes y de las minorías, tanto en el contexto nacional, como a nivel municipal, lo que garantiza el equilibrio y la pluralidad, así como el sistema de pesos y contrapesos entre los poderes públicos, propios de los estados de derechos, como la de la República Dominicana”.
Admitió, sin embargo, “que como país hemos avanzado mucho en la celebración de nuestros procesos electorales, pues ya no se producen los enormes actos violentos del pasado, que después de la voluntad popular nos tocó presenciar para los mayores del pasado”.

