SANTO DOMINGO.- El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) emitió este jueves una resolución en la que fija un plazo de 120 días calendario a industriales, comerciantes e importadores, para el cumplimiento obligatorio de la norma sobre etiquetado en la República Dominicana.
Así lo informó el director ejecutivo de Pro Consumidor, Eddy Alcántara, a raíz de la emisión de la resolución 1579-2022 de fecha 1 de septiembre de este año, sobre la que explicó que la misma establece que “toda persona física o moral que comercialice, importe, produzca o haya ordenado la producción parcial o total a un tercero de un alimento previamente envasado deben cumplir con los requisitos de las etiquetas de los productos como lo establece la NORDOM 53”
Alcántara señaló que vencido el plazo otorgado por esa entidad defensora de los derechos de los consumidores, iniciarán una serie de operativos en todo el territorio nacional “para velar por el obligatorio cumplimiento de la resolución”.
Resaltó en ese sentido, que de encontrarse en establecimientos comerciales productos no conforme con las normativas correspondientes al etiquetado a partir del vencimiento del plazo, la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor, de conformidad a lo establecido en el artículo 111, literal b, de la Ley 358-05 “procederá a su decomiso y sancionar a quienes han violado la norma”.
El funcionario dijo que esa entidad será la competente para monitorear el cumplimiento de lo estipulado en la citada resolución sobre el contenido de la etiqueta, que dispone asegurar la veracidad de la información declarada en los alimentos preenvasados, “verificando que la misma no sea alterada, engañosa o no correspondiente al producto que se comercializa”.