Senado hace cambios al proyecto de ley sobre tráfico de personas

SANTO DOMINGO.- El Senado aprobó este martes en dos lecturas consecutivas el proyecto de ley que modifica el artículo 3 y agrega el artículo 3.1 a la Ley No. 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.

El presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Senado, Antonio Manuel Taveras Guzmán, presentó un informe favorable sobre la propuesta legislativa y solicitó su aprobación por el pleno, para que fuese declarada de urgencia y aprobada en dos lecturas consecutivas.

El nuevo artículo 3 de la normativa contempla infracciones graves de trata de personas, tales como la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas, mediante el uso de amenazas, fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder o de situaciones de vulnerabilidad. También se penaliza el uso de cualquier tipo de fuerza, coacción, sustancias o métodos de alteración de la conciencia, así como la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra. Estas acciones conllevan a la explotación en mendicidad, explotación sexual o pornográfica, trabajo forzado, servidumbre por deudas, matrimonio servil, adopción irregular, esclavitud o prácticas análogas, servidumbre o extracción de órganos, incluso con el consentimiento de la víctima.

La pieza remitida por el Poder Ejecutivo establece en el párrafo I que el consentimiento otorgado por la víctima a cualquier forma de explotación definida en este artículo no será motivo de exoneración de la responsabilidad penal.

Asimismo, el párrafo II establece que, en casos de trata de personas en perjuicio de menores de edad, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, no será necesario probar el uso de medios como engaño, rapto, fuerza, coacción, abuso de poder o vulnerabilidad, ni la concesión o recepción de pagos para obtener el consentimiento de quien tenga autoridad sobre la víctima.

Además, el proyecto de ley incorpora el artículo 3.1, que sanciona la trata de personas con penas de 10 a 20 años de prisión y multas que oscilan entre ciento cincuenta y trescientos salarios mínimos del sector público. En los casos en que las víctimas sean menores de edad, personas discapacitadas o vulnerables, las sanciones se incrementan a 20 a 30 años de prisión y multas de trescientos salarios mínimos.

La normativa señala que, en la audiencia, el juez debe escuchar a los testigos e interesados, examinar los documentos, valorar los hechos alegados y disponer la libertad de la persona privada de libertad o el cese de la persecución, si no se han cumplido las formalidades establecidas en el código. En caso contrario, la solicitud será rechazada.

El proyecto también establece que las decisiones que rechacen una solicitud de habeas corpus o nieguen la libertad de la persona afectada son recurribles en apelación ante el Tribunal Constitucional, siguiendo el régimen procesal previsto para la revisión de sentencias de amparo.

Durante la sesión, los senadores también aprobaron una resolución que otorga un pergamino de reconocimiento a la profesora Nerys Dulcinea Urbáez de Sarraf por sus 45 años de servicio en el ámbito educativo, en beneficio de la educación nacional.

Finalmente, el presidente del Senado convocó a la Asamblea Nacional Revisora para el sábado 26 a las 2:00 p.m., para continuar con los trabajos de modificación constitucional, y llamó a una sesión ordinaria para el martes 29 a las 2:00 p.m. en el Salón del Hemiciclo.

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