Santo Domingo, R.D. — En un fallo histórico, el Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales las disposiciones que penalizaban las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
La sentencia TC/1225/25 anula el artículo 210 de la Ley 285 y el artículo 260 de la Ley 3483, normas que establecían penas de prisión para oficiales y alistados involucrados en relaciones homosexuales.
Según la corte, las disposiciones eran incompatibles con la Constitución y con los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el país.
La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina, quienes argumentaron que las sanciones vulneraban derechos fundamentales como la igualdad, la dignidad y la intimidad.

