REDACCION INTERNACIONAL (ACIPRENSA).-El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que todos los Estados miembros están obligados a reconocer los llamados “matrimonios homosexuales” celebrados legalmente en otro país, incluso cuando este tipo de uniones no sea válido en su propio ordenamiento jurídico.
La sentencia responde al caso de una pareja polaca del mismo sexo que contrajo “matrimonio” en Alemania en 2018. Al regresar a Polonia, las autoridades rechazaron inscribir la unión en el registro civil. El tribunal europeo ha considerado esta negativa contraria al derecho de la Unión, por lo que todo el bloque está ahora obligado a reconocer los derechos derivados de dicho vínculo.
La Iglesia Católica afirma que el matrimonio es la unión exclusiva de un hombre con una mujer, tal y como recordó ayer martes el prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el Cardenal Fernández, durante la presentación en Roma del documento titulado Una caro. Elogio de la monogamia.
El Catecismo de la Iglesia Católica indica que el matrimonio se da cuando “el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida”. Por su naturaleza, está ordenado “al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole”.

