SANTO DOMINGO.-La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) afirmó hoy que el Tribunal Superior Electoral (TSE) debió asumir el conocimiento del recurso interpuesto contra el reglamento de la Junta Central Electoral (JCE) que prohíbe la publicación de encuestas en periodos no contemplados por la ley.
La Finjus enfatizó que el Tribunal Constitucional no es una instancia revisora ordinaria, por lo que la decisión del TSE de declararse incompetente debilita la vía legal para resolver controversias electorales directas.
«La decisión jurídicamente más consistente habría sido que el Tribunal Superior Electoral asumiera el conocimiento del recurso y resolviera la controversia», consideró Finjus en un documento compartido a los medios.
Agregó que, si durante el examen del recurso contra la Resolución 14-2026 de la JCE, los jueces del TSE advierten «una cuestión de constitucionalidad que excediera sus atribuciones, el ordenamiento ofrece mecanismos adecuados para su tratamiento sin que ello implique abdicar de la competencia originalmente atribuida por la Constitución y la ley«.
Advirtió que convertir al Tribunal Constitucional en el destinatario natural de cualquier impugnación contra un reglamento administrativo implica desnaturalizar su función y alterar el equilibrio diseñado por el constituyente.
En el comunicado, Finjus sostiene que lo que está en discusión no es únicamente la validez de un reglamento electoral, sino el alcance de las competencias constitucionales de la jurisdicción electoral y la preservación del diseño institucional previsto por la Constitución.

