SANTO DOMINGO.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó este lunes la solicitud de la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, y de los demás acusados de presunta corrupción administrativa para declarar la nulidad de la acusación por el uso del mote “Operación Medusa”, al determinar que esa circunstancia no provocó una afectación material al derecho de defensa.
Tras rechazar ese y la mayoría de los incidentes presentados por las distintas defensas, las juezas Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Zobeida Castillo fijaron para el próximo 22 de julio el inicio del juicio de fondo contra Rodríguez y los demás imputados.
Al motivar su decisión, el tribunal reconoció el carácter vinculante de la sentencia TC/0225/25 del Tribunal Constitucional, que ordena el cese del uso de denominaciones estigmatizantes en los procesos penales. En consecuencia, dispuso que el Ministerio Público y las demás partes se abstengan de utilizar el término “Medusa” durante el desarrollo del juicio.
No obstante, las magistradas concluyeron que el uso previo de esa denominación no constituye un motivo para declarar la nulidad de la acusación ni de las actuaciones procesales, al no demostrarse un perjuicio real, concreto y efectivo al ejercicio del derecho de defensa de los imputados.
El tribunal sostuvo que las nulidades constituyen remedios de carácter excepcional y solo proceden cuando se acredita una afectación efectiva al debido proceso, situación que, según estableció, no ocurrió en este caso.
Asimismo, rechazó los incidentes relacionados con supuestas vulneraciones a derechos fundamentales durante la investigación, las medidas de coerción y la privación de libertad, al considerar que esos aspectos ya fueron conocidos por las jurisdicciones correspondientes y no inciden sobre la validez de la acusación ni de las pruebas.
Las juezas también declararon inadmisibles las solicitudes que pretendían revisar o anular el auto de apertura a juicio y otras decisiones adoptadas durante la etapa de instrucción, al entender que un tribunal de juicio no tiene competencia para revisar actuaciones firmes emitidas por otra jurisdicción de la misma jerarquía.
Igualmente, rechazaron los incidentes relativos a la alegada incompetencia material del tribunal, la falta de entrega de actas, audios y transcripciones, la modificación sustancial de los hechos imputados, la corrección del auto de apertura a juicio y la incorporación de pruebas derivadas de la fusión de expedientes, por no verificarse los presupuestos legales que sustentaran esas pretensiones.
Como única incidencia acogida, el tribunal admitió una petición relacionada con el ejercicio del derecho de autodefensa de uno de los imputados, conforme a las disposiciones del Código Procesal Penal y los estándares internacionales sobre derechos humanos.
Concluida la fase incidental, las magistradas ordenaron la continuación del proceso y convocaron a las partes para el 22 de julio, fecha en la que iniciará el conocimiento del juicio de fondo contra Jean Alain Rodríguez y los demás acusados de presuntos actos de corrupción administrativa.
El tribunal ordenó al Ministerio Público abstenerse de usar el mote Medusa durante el proceso judicial por presunta estafa superior a los 6 mil millones liderada por Jean Alain Rodríguez en su gestión frente a la Procuraduría General de la República.

