Intrant emite resolución poniendo fin al contrato con Transcore Latam y Jochy Gómez

SANTO DOMINGO.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) emitió la Resolución Núm. 12-2024, mediante la cual se dispone la terminación del contrato Núm. DJ-CSB-009-2023 firmado con la empresa Transcore Latam S.R.L.. La resolución marca el fin de un acuerdo que había suscitado controversia y ahora queda oficialmente sin efecto.

La medida establece que, tras una evaluación exhaustiva de las condiciones del contrato y sus implicaciones, el INTRANT ha decidido poner término a la relación contractual con Transcore Latam, argumentando la necesidad de garantizar transparencia y cumplimiento en las gestiones de tránsito y transporte en el país.

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) anunció la terminación del contrato con Transcore Latam S.R.L. mediante la Resolución Núm. 12-2024, tras recibir un informe de auditoría de la Contraloría General de la República que revela múltiples irregularidades en el proceso de licitación pública.

Este contrato, que inicialmente buscaba la modernización y gestión de la red semafórica y el sistema de control de tráfico en el Gran Santo Domingo, quedó en la mira por problemas serios de transparencia y procedimiento.

Entre los puntos destacados en los considerandos de la resolución, se menciona un oficio emitido por la Contraloría al director ejecutivo del INTRANT, Milton Morrison, donde se exponen debilidades e inobservancias en el proceso de licitación, detalladas a lo largo del informe de auditoría. Este documento detalla que el proceso licitatorio provocó denuncias de empresas competidoras de Transcore Latam y motivó la intervención de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas.

Según la auditoría, una vez adjudicado el contrato, se realizaron modificaciones al pliego de condiciones, lo que incluyó un incremento de varios cientos de millones de pesos sobre el valor original del contrato. Además, se identificaron violaciones al debido proceso establecido en la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones y su reglamento, incluyendo:

  • Documentos no aprobados por el comité de compras y contrataciones durante el proceso.
  • Modificaciones extemporáneas al pliego de condiciones, ejecutadas sin autorización del órgano competente.
  • Respuestas parciales a las inquietudes presentadas por los oferentes, limitando la claridad y transparencia del proceso.
  • Alteraciones en el pliego de condiciones que flexibilizaron los requisitos técnicos, favoreciendo al oferente seleccionado.
  • Informes periciales aprobados en base a informes técnicos incongruentes y deficientes, lo cual reflejó un posible trato privilegiado hacia Transcore Latam.

Estas observaciones ponen en evidencia la falta de rigurosidad en la gestión del proceso licitatorio y la necesidad de una revisión profunda de las prácticas de contratación. Con esta decisión, el INTRANT busca fortalecer el compromiso con la transparencia y el correcto uso de los recursos públicos en los proyectos de infraestructura vial y control de tráfico en el país.

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